El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas nos ha confirmado ahora a nosotros y a muchos otros que han denunciado durante mucho tiempo las injusticias del sistema tributario español de que los extranjeros que no viven permanentemente en España están siendo penalizados ilegalmente en el cálculo del impuesto de sucesiones.
Mientras que los herederos que viven permanentemente en España, es decir, los propios españoles, por supuesto, están exentos de impuestos por acuerdos especiales de las autoridades locales individuales (comunidades) hasta la cantidad de 99%, esto no se aplicaba a aquellos herederos que viven en su mayoría fuera de España, es decir, especialmente en otros países europeos.
Esto significa una clara desventaja, lo cual no es correcto.
Esta sentencia del TJUE de 3.9.2014 es de suma importancia, ya que ahora permite que se realicen reclamaciones contra el Estado español. Esto se aplica en primer lugar a todos aquellos que han pagado el impuesto de sucesiones en España en los últimos 4 años porque, por ejemplo, padre o madre han muerto y parte de la herencia era una casa o apartamento en España. En principio, sin embargo, también es extensible a casos anteriores: el Estado español puede ser reclamado directamente por ellos, porque ha violado a sabiendas el Derecho europeo y es responsable de ella (responsabilidad oficial).
Nuestro bufete de abogados prepara las primeras reclamaciones para la recuperación. Para más detalles de la representación también sus derechos le pedimos ponerse en contacto.